En el Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre (BOE núm. 269 de 9 de noviembre de 2001) por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería de España, del Consejo General y de ordenación de la actividad profesional de enfermería, se establece en su Título III, Capítulo 1, Art. 52 (de ejercicio profesional y colegiación), que: 1. Incumbe a la profesión de enfermería la responsabilidad de proporcionar de forma individual o, en su caso, de forma coordinada dentro de un equipo de salud, los cuidados propios de su competencia, al individuo, a la familia y...
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